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REGLAMENTOS MUNICIPALES

Art. 115 Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

REGLAMENTO_DE_TRANSPARENCIA_Y_PROTECCIÓN

Reglamento de Gobierno y la Administración Pública Municipal

REGLAMENTO_DE_TRANSPARENCIA_Y_PROTECCIÓN

Bando de Policía y Buen Gobierno para el Municipio de Tolimán, Jalisco.

REGLAMENTO_DE_TRANSPARENCIA_Y_PROTECCIÓN

Reglamento de Protección Civil y Bomberos para el Municipio de Tolimán

REGLAMENTO_DE_TRANSPARENCIA_Y_PROTECCIÓN

Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Municipio de Tolimán, Jalisco.

REGLAMENTO_DE_TRANSPARENCIA_Y_PROTECCIÓ

Reglamento de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Municipio de Tolimán, Jalisco

REGLAMENTO_DE_TRANSPARENCIA_Y_PROTECCIÓ

Reglamento municipal para la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres de Tolimán, Jalisco.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Política del Estado de Jalisco

Mazo

Leyes Estatales

Mazo

Reglamentos Estatales

Mazo
Mazo

Tratados Internacionales

Mazo
Mazo

Decretos

Mazo
Mazo

Criterios

Mazo

Leyes Federales

Mazo

Convenciones internacionales

Mazo
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Convenciones Internacionales

Mazo
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Acuerdos

Mazo
Mazo

Políticas

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